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Nueva Ley de Autónomos 2023: cómo afectará a los hosteleros

Descubre cómo afectará a los negocios hosteleros la nueva Ley de Autónomos que entra en vigor en enero de 2023

Artículo escrito por: Paco Cruz, The FoodManager.

20-12-2022

En nuestro afán por teneros informados y por aconsejaros antes de que las cosas sucedan, en agosto, publicamos aquí un esbozo de cómo sería la nueva ley de autónomos. Durante este tiempo, la ley se ha ido tramitando, con sus correspondientes enmiendas y votaciones hasta dar lugar a la que entrará en vigor el día 1 de enero y que, sin duda, va a cambiar radicalmente la vida de los autónomos de este país. Por lo tanto, cambiará la vida de muchos hosteleros.

Vamos a resumiros la nueva ley en 8 acciones y recomendaciones para complementar lo publicado hace cuatro meses.


  1. Calcula bien tus rendimientos netos previstos

    La gran novedad de este nuevo sistema de cotización es que ya no es posible elegir por cuánto cotizar (y, por lo tanto, cuánto pagar mensualmente) ya que, desde el 1 de enero, los autónomos cotizarán dependiendo de su rendimiento neto.

     

    Pero, claro, la Seguridad Social desconoce los rendimientos netos de los autónomos, ya que eso se declara a la Agencia Tributaria a través de la declaración anual de IRPF y eso no se hace hasta mediados del ejercicio siguiente. Así que la Seguridad Social nos pide que hagamos una estimación del rendimiento neto que vamos a obtener en 2023 para así calcular la cuota mensual. Es decir, los autónomos deberán hacer un ejercicio de predicción de ingresos y gastos de 2023 y empezar a cotizar de acuerdo con él.

     

    Os dejamos el enlace a la calculadora que acaba de publicar la Seguridad Social para saber qué cuota pagarás de acuerdo con el rendimiento neto esperado.

  2. Rendimiento neto no es igual que beneficios, pero casi

    El rendimiento neto por el que el autónomo va a cotizar incluye los resultados de todas las actividades profesionales que desarrolle el autónomo como trabajador por cuenta propia. El cálculo del rendimiento neto está en la declaración de la Renta y está regido por las normas de la Agencia Tributaria.

     

    Si quieres hacerte una idea de cuánto debes cotizar con el nuevo sistema, puedes irte a tu Declaración de la Renta de 2021 y mirar en la casilla 1577. A ese importe deberás sumarle todas las cuotas que pagaste en 2021 a la Seguridad Social. Luego, a esa cifra se le resta el 7% por gastos de difícil justificación (en el caso de los autónomos societarios es un 3%) y ese número se divide entre 12 para saber el rendimiento neto mensual y poder ajustarlo a esta tabla para saber la cotización y la cuota mensual.

     

    Estos ajustes son los que hacen que no se pueda hablar de beneficios mensuales sino de rendimientos netos mensuales.

  3. Informa a la Seguridad Social de tu previsión de rendimiento neto mensual

    Desde el 1 de enero, el autónomo tiene la obligación de comunicar a la Seguridad Social su estimación de rendimientos netos mensuales a través del portal Importass. Los cambios en las cotizaciones surtirán efecto a partir del 1 de marzo.

     

    Las nuevas altas de autónomos realizadas a partir del 1 de enero ya incluirán por defecto la previsión de rendimiento neto mensual.

  4. Ve actualizando tu base de cotización

    Alguien con malas intenciones, podría pensar que como se empieza 2023 eligiendo la base de cotización a través de una estimación, se puede tirar a la baja esa previsión y así pagar menos a la Seguridad Social. Eso es cierto, pero es pan para hoy y hambre para mañana, ya que la Seguridad Social tendrá una herramienta llamada regularización.

     

    Con ella, la base elegida por el autónomo tendrá carácter provisional hasta que el autónomo presente la declaración de la Renta de 2023 en la primavera de 2024. En ese momento, si los rendimientos netos han sido superiores a los declarados por el autónomo, la Seguridad Social procederá a calcular la cuota realque debería de haber pago el autónomo durante 2023 y procederá a cobrársela al autónomo de forma íntegra y automática.

     

    Es decir, al final, sí o sí, el autónomo va a acabar pagando la cuota real en base a su rendimiento neto, sea como sea.

  5. Ve monitorizando tu rendimiento neto para ajustar la cuota a la realidad

    Si no quieres que te llegue, de pronto, una regularización alta, tienes plazos para ir cambiando tu previsión de rendimientos netos. Eso lo podrás realizar a partir de los días 1 de marzo, de mayo, de julio, de septiembre y de noviembre. Los cambios realizados en cada periodo surtirán efecto a los dos meses del inicio de cada plazo. Es decir, los cambios realizados en la base de cotización entre el 1 de marzo y el 30 de abril entrarán en vigor el 1 de mayo, y así sucesivamente con cada periodo de comunicación de cambio de previsión de rendimientos netos.

  6. Comunica a la Seguridad Social tus actividades

    Si realizas más de una actividad económica como trabajador autónomo, tienes hasta el 31 de octubre de 2023 para comunicárselo a la Seguridad Social. A los efectos de la cotización y del cálculo de cuotas, se sumarán los rendimientos netos de las distintas actividades para calcular el total anual y, de este modo, las cuotas mensuales a la Seguridad Social.

  7. Atento a esto si eres autónomo societario

    Cuando se anunció la nueva Ley, no se dieron los detalles que afectan a los autónomos societarios, por ello, vamos a entrar en profundidad ahora ya que todos los bares y restaurantes que sean sociedades mercantiles tienen como sostenimiento a un empresario autónomo societario.

     

    Los autónomos societarios también cotizarán dependiendo de su rendimiento neto, eso ya lo sabíamos. La nueva ley beneficia a los autónomos societarios con menos ingresos puesto que elimina el tope mínimo de la cuota existente hasta ahora que era de 377 euros.

     

    Al entrar en vigor esta reforma y cotizar los autónomos societarios por el rendimiento neto real, se establece que lo mínimo es cotizar por 1.000 euros como base mínima, lo que equivale a una cuota mensual de 310 euros mensuales. En resumidas cuentas, los autónomos societarios que no lleguen a los 1.000 euros mensuales de rendimiento neto o que pierdan dinero ahorrarán 815 euros al año.

  8. Tendrás una tarifa plana distinta si te das de alta en 2023

    La tarifa plana en la cotización supone una rebaja en la cuota que el autónomo tiene que ingresar a la Seguridad Social. El objetivo de esta tarifa plana es que, durante un periodo de tiempo, el nuevo autónomo tenga mayor facilidad para sacar su proyecto de emprendimiento adelante al pagar una cantidad fija y muy reducida de cuota. Si comienzas tu andadura de autónomo en 2023 pagarás, durante un año, 80 euros de cuota mensual a la Seguridad Social.

     

    Disfrutarás de esa tarifa plana durante 12 meses, independientemente de los ingresos declarados. Si al acabar estos 12 meses, tus rendimientos netos fueran inferiores al salario mínimo interprofesional, se te seguirá aplicando la tarifa plana de 80 euros durante otros 12 meses más.

     

    Si cuando entre en vigor la nueva ley ya estás dado de alta como nuevo autónomo, el pago será de 60 euros, es decir, se te mantiene el derecho adquirido con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva ley.


    Nueva Ley De Autónomos 2

 

Estamos seguros de que con este contenido junto con el que publicamos en agosto, vais a entender mejor cómo funciona y cómo afecta a los autónomos la nueva ley. Cualquier modificación que se hiciera, os la contaremos aquí.

¡Feliz y rentable última quincena del año, amigos hosteleros!

 

 

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