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Qué terrazas se consideran espacios al aire libre y cuáles no

Conoce las condiciones para que un espacio pueda considerarse terraza

Artículo escrito por: Somos Nexho, El aliado de la hostelería.

15-12-2020

Las terrazas son uno de los mejores espacios para la hostelería en estos tiempos. Por sus condiciones de ventilación, son menos propicias a sufrir restricciones de aforo que los espacios cerrados.

La cuestión es saber qué opciones tenemos para configurar la terraza. Debemos aunar el cumplimiento de los requisitos con las necesidades y gustos de nuestro público. Veamos las principales claves.

 

La definición de terraza

 

  • La definición de terraza puede diferir ligeramente en función de la normativa. En especial, nos interesan dos regulaciones: 
    • Las ordenanzas municipales que regulan la instalación y funcionamiento de las terrazas. Son las que nos indicarán dónde podemos colocarla, cuantas mesas, qué pasillos tenemos que dejar para el paso de peatones, los elementos que podemos emplear en ella, las posibilidades de ampliación, etcétera.
    • Las normas autonómicas sobre medidas de higiene y aforos, que son las que nos señalarán la distancia de seguridad, el aforo máximo, las prohibiciones y restricciones (por ejemplo, que no se pueda fumar, estar de pie, consumir en una barra en la terraza, etcétera).
  • La definición de terraza más habitual en las normas autonómicas de aforo e higiene frente a la COVID-19 establece que se considerarán terrazas al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
  • Podemos imaginarnos la terraza como un poliedro (lo más habitual: un paralelepípedo con seis caras). Una de las caras es el suelo. Si no tiene techo, normalmente, el espacio será considerado como terraza. Si lo tiene, entonces, de las otras cuatro caras, deberán estar abiertas al aire, al menos, dos de ellas.

 

La terraza totalmente abierta

 

  • No suele presentar ningún problema de ventilación al carecer de techo y paramentos laterales. No obstante, en algunos municipios se permite que sí esté adosada al establecimiento.
  • Deberemos guardar siempre un pasillo peatonal, lo que puede condicionar su viabilidad en calles estrechas.
  • En algunos municipios, se ha permitido la ocupación de la banda de estacionamiento para facilitar la extensión de la terraza y de la distancia de seguridad de sillas de diferentes mesas. 
  • Cuando se ocupa la banda de estacionamiento suele ser habitual que se exijan elementos separadores que la delimiten y hagan de barrera frente al tráfico. Para facilitar la ventilación, lo ideal son objetos de escasa altura como, por ejemplo, jardineras o mamparas no muy altas. 

 

 

 

Ejemplos de terrazas

 

  • Una carpa (exenta o adosada al local), si está cerrada por todas sus caras es, a efectos de ventilación, un espacio interior. No entraría dentro de la definición de terraza.
  • Esa misma estructura sería una terraza si le quitamos el techo.
  • Las que tampoco tienen la consideración de terrazas son las que tienen tres paramentos laterales y techo. Aquí encontramos diversos ejemplos:
    • Las situadas bajo un soportal que no esté abierto, al menos, por uno de sus extremos.
    • Si el soportal está abierto por uno solo de sus extremos laterales y cerrado por el otro, hemos de valorar si los pilares suponen más o menos del 50% de la superficie de una de las caras de la terraza. Si superan esa cifra, sería un espacio interior.
    • Estructuras exentas (una carpa, por ejemplo) que solo tienen una cara lateral abierta.
    • Estructuras con techo adosadas a un edificio (el del local, por ejemplo) que estén cerradas por dos caras. Con la fachada del edificio, ya suman más de dos paramentos laterales. 
    • Espacios retranqueados dentro de un edificio. Las paredes laterales y la puerta de entrada al edificio ya sumarían más de dos paramentos laterales.
  • Un espacio al aire libre delimitado por biombos sí sería una terraza, al carecer de techo, aunque estuviese cerrado por todos sus laterales.
  • Algo semejante sucede con determinados tipos de cerramientos desmontables, como los que tienen ruedas, los enrollables, etcétera. Si no tienen techo, el espacio que delimitan seguirá siendo una terraza. Si lo tienen, entonces, deberemos valorar si producen un cerramiento por dos o más caras laterales. 
  • Las mamparas o jardineras de escasa altura, máximo 1 metro, no cuentan como cerramiento. 
  • Si los elementos delimitadores cierran por completo un anexo, aunque esté fuera del edificio principal, no podría considerarse como terraza a efectos de ventilación.

 

En general, hemos de tener claro que una terraza es un espacio por el que deben pasar con libertad las corrientes de aire. Aunque eso puede limitar el confort térmico es un elemento imprescindible para que un espacio pueda considerarse como exterior a efectos de la ventilación.



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