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Cómo solicitar la ampliación de tu terraza en Madrid

Descubre cómo realizar el trámite de solicitud de ampliación de terrazas en Madrid

Artículo escrito por: Somos Nexho, El aliado de la hostelería.

26-05-2020


La puesta en marcha de la fase 1 de la desescalada ha posibilitado la apertura de terrazas en Madrid. Como consecuencia de las limitaciones de aforo y la necesidad de mantener una distancia física, este proceso reclama en muchos casos trámites administrativos como el de autorización de nuevas terrazas o la ampliación de las ya existentes. Veamos cómo se desarrollan.


Cómo se tramita si preferimos hacerlo en línea


  • Se trata del canal preferente para realizar esta solicitud.
  • Necesitaremos una identificación en el registro electrónico a través de DNI-e, de alguno de los certificados electrónicos admitidos por el sistema Cl@ve o del sistema de usuario y contraseña del Ayuntamiento de Madrid.
  • Rellenaremos el formulario y adjuntaremos la documentación que se nos pide.
  • Firmamos y registramos la solicitud.
  • Imprimimos y guardamos el justificante.


Cómo realizar el trámite si preferimos hacerlo presencialmente


  • Accederemos al formulario a través de la web municipal.
  • No necesitamos identificarnos.
  • Imprimiremos el formulario relleno o en blanco para rellenarlo presencialmente.
  • Firmaremos el formulario.
  • Podemos guardar una copia.
  • Acudiremos para entregarlo en una oficina de registro como, por ejemplo, la de nuestro distrito, la de cualquier otro del Ayuntamiento o, incluso, de la Administración General del Estado.


Qué documentación hay que aportar


  • Relación de los elementos y mobiliario que se pretendan instalar, con indicación expresa de su número y características, así como fotografías. Asimismo, se indicará si se solicita apilar en la vía pública los elementos de mobiliario, la justificación y en qué condiciones se realizará.
  • Declaración de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Copias del seguro de responsabilidad civil e incendios y licencia o acreditación de cumplir los requisitos para obtenerla.
  • Plano de situación de la terraza a escala 1:1.000 o 1:500, en el que se refleje la superficie a ocupar, ancho de acera o zona estancial, distancias a esquinas, paradas de transporte público y bocas de metro, pasos de peatones y de vehículos, salidas de emergencia, entradas peatonales a edificios, puntos fijos de venta, cabinas de teléfono y  rebajes para personas con movilidad reducida, establecimientos sanitarios privados de interés público, así como a los elementos de mobiliario urbano existentes.
  • Plano de detalle a escala 1:100 o 1:200 que indique todos los elementos y mobiliario de la terraza, su clase, número, dimensiones, superficie a ocupar y, en su caso, sistemas de sujeción al pavimento. Asimismo, se señalarán las medidas correspondientes al frente de fachada del establecimiento y anchura de la acera y, en su caso, arbolado, mobiliario urbano existente, elementos de señalización de las oficinas de farmacia y elementos comunes de urbanización.
  • En el caso de que se trate de una terraza con elementos que la delimitan o acondicionan, será necesario aportar la documentación específica establecida en la normativa municipal sobre gestión de obras en la vía pública y sobre acceso a las redes de suministro para el tipo de actuación de que se trate, y en su caso, certificado del técnico facultativo acerca de la adecuación de sus condiciones de prevención y extinción de incendios, evacuación estabilidad y reacción al fuego.
  • Si pretendemos realizar una solicitud para todo el año, pero con distintas superficies para el período estacional (entre el 15 de marzo y el 31 de octubre) y para el resto del año, deberemos indicarlo claramente, incluyéndolo también en los planos que aportemos.



Cuándo se puede presentar la solicitud


  • Puede solicitarse en cualquier momento.


Qué pasa una vez presentada la solicitud


  • La ampliación es automática si se solicita para dar cabida como máximo al 50% de las mesas autorizadas dando cumplimiento a las medidas de distanciamiento social. Ahora bien, hay que cumplir en todo caso la normativa y, particularmente, los criterios interpretativos que ha aprobado el Ayuntamiento de Madrid para esta situación particular. Por ello, a fin de que las autoridades puedan controlar que los cumplimos, deberemos presentar toda la documentación señalada anteriormente. 
  • Si pretendemos sobrepasar el 50% de las mesas que teníamos autorizadas anteriormente, necesitaremos una valoración técnica previa y una autorización individualizada del concejal presidente del distrito correspondiente.
  • En caso de ocupación de la banda de estacionamiento, nos requerirán informe previo, preceptivo y favorable del área de gobierno con competencias en materia de movilidad y autorizadas individualmente por el concejal presidente del distrito correspondiente.
  • Si lo que solicitamos es una nueva terraza, tendremos que seguir el procedimiento que señala la ordenanza de terrazas y nos otorgarán, en su caso, la autorización por el tiempo que duren las medidas especiales.


La ampliación de terrazas o la solicitud de nuevas autorizaciones constituye un trámite importante para la hostelería madrileña, ya que supone una vía de adaptación a las circunstancias de mayor necesidad de espacio provocadas por el distanciamiento social y la preferencia por las actividades al aire libre.

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