Claves y consejos para luchar contra el acoso laboral en tu bar
¿Cómo actuar en un caso de acoso laboral en hostelería?
La vigilancia y el cuidado de las relaciones entre los empleados que forman parte de la plantilla y entre estos y sus superiores son deberes del empresario. Especialmente si queremos tener un buen clima laboral en nuestro bar o restaurante.
Desgraciadamente, el acoso laboral está demasiado presente en nuestra sociedad y se reviste de distintos tipos y formas. Por un lado, tenemos el mobbing, que implica comportamientos nocivos que inciden negativamente en el bienestar físico o psicológico de los empleados. De otro lado, existe un tipo de acoso específico y cuya erradicación conlleva compromisos particulares por parte del empresario: el acoso sexual. En esta ocasión, vamos a tratar el primero de ellos, el mobbing.
¿Qué es el acoso laboral?
El acoso laboral está formado por un conjunto de acciones cuyo objetivo es causar malestar, miedo o terror a una persona en el ámbito laboral. Habitualmente, dichas acciones se traducen en prácticas ofensivas o humillantes que recaen sobre la persona acosada. También es conocido como mobbing, término con el que se le designa en inglés.
¿Qué tipos de acoso laboral existen?
Dejando de lado el acoso sexual, que requeriría otro contenido específico, el acoso laboral reviste tantas formas como situaciones y tipos de empresa y de relaciones existen en el ámbito laboral. Los tipos de acoso o mobbing categorizados son:
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Mobbing vertical
Es el tipo que más se nos viene a la cabeza cuando pensamos en acoso laboral y se produce cuando una persona de rango superior acosa a una persona subordinada. Sería, por ejemplo, el caso en el que un jefe de cocina acosara a un ayudante de cocinero que depende de manera directa de él. En este caso, hablaríamos de mobbing vertical descendente. También existen el mobbing vertical ascendente, cuando es un subordinado el que hace la vida imposible a su jefe.
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Mobbing horizontal
Se da cuando una o varias personas acosan a un compañero que está en el mismo nivel jerárquico que éstas. Es más complicado de descubrir por parte del empresario, ya que son prácticas más taimadas. Generalmente, se crea un grupo que, bajo el mandato de un cabecilla, acosa a un compañero con un comportamiento amenazador o perturbador para, poniendo el ejemplo de una cocina, evitar que un compañero pueda ascender a jefe de partida en una competencia entre los ayudantes de cocina.
¿Cómo identificar el acoso laboral en tu restaurante?
El acoso laboral, para que sea calificado como tal, debe de ser sistemático y prolongado en el tiempo. Un hecho puntual no basta, pues la actuación del acosador debe ser continuada y repetitiva. Además, las acciones del acosador deben de tener un carácter hostil hacia la persona acosada. Por último, para que se considere acoso laboral se debe demostrar que existe un objetivo relacionado con las funciones laborales de la persona acosada poniendo en peligro su integridad o buscando un claro perjuicio.
Algunos ejemplos de acoso laboral que nos podemos encontrar en la hostelería son:
- Sobrecargar de trabajo de manera injustificada a un empleado creando una diferencia de obligaciones notable entre éste y el resto de sus compañeros de similar cargo. Por ejemplo, permitir el final de la jornada laboral de toda una brigada de cocina y perjudicar a una persona de manera constante al obligarle, en solitario, a realizar las tareas del resto del equipo.
- Animar a la plantilla a plantear una situación de aislamiento físico o psicológico para con un compañero. Por ejemplo, no escuchando lo que dice esa persona durante el servicio o, directamente, no dirigiéndole la palabra durante el trabajo diario en el restaurante.
- Excluir de manera continua y reiterada a un empleado de las tareas para las que fue contratado con el objetivo de minarle psicológicamente.
- Difamar, intimidar, insultar o gritar a la víctima, tanto delante de sus compañeros en el servicio como de manera individual y privada, de forma continuada.
- Controlar de manera excesiva las tareas laborales de un empleado sin hacerlo, con la misma minuciosidad, con el resto de sus compañeros.
- No informar a uno de los empleados de las reuniones, eventos, negociaciones o actos en los que si intervenga el resto de la plantilla del restaurante. De hecho, se ha llegado a considerar acoso laboral el no invitar a un empleado a la comida de Navidad de la empresa o discriminarle y no darle el tradicional aguinaldo navideño, cesta u obsequio mientras sí se le da al resto de los empleados.
¿A qué nos obliga la ley para prevenir el acoso laboral?
El empresario está obligado a proteger a su trabajador ante el acoso. Tanto el Estatuto de los Trabajadores como la Ley de Prevención de Riesgos Laborales tratan el acoso laboral.
Toda empresa, independientemente de su tamaño o del número de trabajadores, está obligada a tener un protocolo frente al acoso laboral. Un plan en el que se detallan las medidas que son necesarias para prevenir, evitar, detectar y eliminar cualquier comportamiento de acoso.
La multa por no tener este protocolo frente al acoso puede ser desde 7.501 euros hasta 225.018 euros. Además, la persona acosada podría denunciar a la empresa por no tener este protocolo.
Para la lucha contra el acoso sexual, existe un protocolo concreto que están obligadas a tener las empresas de 50 o más trabajadores desde marzo de 2022. Nos referiremos a este particular en sucesivos contenidos.
¿Quién os puede asesorar sobre el protocolo para prevenir el acoso laboral?
Os recomendamos que, ante cualquier situación o inquietud relativa al plan frente el acoso laboral contactéis tanto con vuestra asesoría laboral como con la empresa de Prevención de Riesgos Laborales que os preste sus servicios.
Desgraciadamente, el acoso laboral está demasiado presente en nuestra sociedad.
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